jueves, 29 de octubre de 2009

Derecho Mercantil!!



Definición:


El derecho mercantil es el conjunto de reglas, normas y leyes que rigen las relaciones de los comerciantes.
Es la ciencia jurídica del derecho privado, que mediante normas jurídicas regula las relaciones entre comerciantes, también se dice que el Derecho Mercantil es la ciencia del derecho privado que regula a los actos de comercio y a los comerciantes. Es el sistema de normas jurídicas que regulan las actividades de los comerciantes, los actos de comercio y la actuación de las personas que los realizan, aunque no tengan calidad mercantil.
Rama del Derecho Privado que regula las relaciones de los individuos que ejecutan actos de comercio o que tienen el carácter de comerciantes.



Caracteristicas:


a) Es un derecho en su base claramente consuetudinaria, basado en la costumbre, en la tradición de los comerciantes.
b) Es un derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios.
c) Es un derecho individualista; al ser una parte del derecho privado regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos.
d) Es un derecho consuetudinario; derecho que a pesar de estar codificado se basa en la tradición.



Definición de los actos de comercio.


Son fenómenos o circunstancias a los cuales atribuye la ley efectos jurídicos, que se realizan por la intervención de la voluntad humana y con la intención de crear , modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas
Concepto El concepto de acto de comercio ha sido muy discutido por la doctrina jurídica, si bien puede decirse que las soluciones legales que suelen adoptarse están siempre en torno a dos posibilidades: el sistema objetivo y el subjetivo.
La definición objetiva pretende establecer los requisitos de hecho que un acto de comercio debe de tener para que sea tal. Por ejemplo, la constitución de una sociedad anónima es un acto de comercio, con independencia de quién sea el que la constituye; o una compraventa puede definirse como mercantil si se hace con la intención de revender lo comprado, teniendo ánimo de lucro en ello.
La definición subjetiva pretende condicionar el acto de comercio a que una o más de las personas que lo realizan sean comerciantes o empresarios. Importancia La distinción entre los actos de comercio, de aquéllos que no poseen dicho carácter, puede ser relevante por los siguientes motivos: • La normativa de fondo aplicable: si según la legislación una y otra tienen distinto tratamiento.
La prueba de los actos o negocios jurídicos: los medios de prueba exigidos o admitidos para cada tipo de acto pueden variar en función de su carácter.
La determinación de la profesión o actividad: para establecer la calidad de comerciante.
La capacidad de quienes son parte o ejecutan los actos. • La aplicación de la costumbre: que es admisible como fuente del Derecho en materia mercantil, en ciertos países.
La aplicación de tributos por la celebración de dichos actos. • La competencia judicial: puede ser necesaria para determinar el tribunal competente y, en su caso, el procedimiento correspondiente.
CAPÍTULO I DE LOS ACTOS DE COMERCIO
ARTÍCULO 75. La ley reputa actos de comercio:
I. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;
II. Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
III. Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
IV. Los contratos relativos a obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio;
V. Las empresas de abastecimientos y suministros;
VI. Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;
VII. Las empresas de fábricas y manufacturas;
VIII. Las empresas de transportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;
IX. Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;
X. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;
XI. Las empresas de espectáculos públicos;
XII. Las operaciones de comisión mercantil;
XIII. Las operaciones de mediación en negocios mercantiles; XIV. Las operaciones de bancos;
XV. Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;
XVI. Los contratos de seguros de toda especie, siempre que sean hechos por empresas;
XVII. Los depósitos por causa de comercio;
XVIII. Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;
XIX. Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;
XX. Los vales ú otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;
XXI. Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;
XXII. Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;
XXIII. La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;
XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
XXV. Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.
En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial.
ARTÍCULO 76. No son actos de comercio la compra de artículos o mercaderías que para su uso o consumo, o los de su familia, hagan los comerciantes: ni las reventas hechas por obreros, cuando ellas fueren consecuencia natural de la práctica de su oficio. (DR)IJ




Ingeniera Comercial Patricia Gomez

"El Derecho Mercantil es imprescidinble en el vigilante comercio y actua como medio regulador necesario en las cuestiones de los actos de comercio o comerciales.

Y ademas es necesario porque todo de una u otra manera nos vemos involucrados en los actos comerciales por ejemplo: empresarios,microcomerciantes a grandes transnacionales".

Opinion:

El Derecho Mercantil es un acto juridico que escribe como base para las actividades comerciales que dia a dia vemos incrementan no colo a nivel nacional sino tambien a nivel mundial.(Andrea Altamirano)

El Derecho Mercantil es aquel que esta enfocado en regular las relaciones entre personas juridicas y no juridicas que garantizan el bienestar social. Y que no solamente se la impone ante un cierto grupo de personas sino que a todos los que realizan o que hayan intervenido en actividades comerciales que son una base para la economia de un pais. Por eso se dice que es muy importante.(Dayana Castañeda)

"El derecho mercantil parte primordial de las actividades de comercio en un grupo o una nacion"


Bibliografia:

http://www.mitecnologico.com/Main/LosActosDeComercio

http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_mercantil

http://www.monografias.com/trabajos17/derecho-mercantil/derecho-mercantil.shtml